Con la entrada en vigencia del decreto 380 de 2022 de Mindefensa, se reglamenta aún mas la tenencia de caninos considerados “de manejo especial”, obligando a sus dueños a suscribir una póliza de responsabilidad civil extracontractual con un valor mínimo asegurado de 50SMMLV.
Aunado a esto, cuando la norma original incluyó dentro de tal clasificación: perros que han tenido episodios de agresión a personas u otros perros; tácitamente suscitaron funciones adicionales para el Administrador.
Esto implica que “caninos de manejo especial” no son sólo aquellos entrenados para el ataque o la defensa, o aquellos pertenecientes a las razas: american staffordshire terrier, bullmastiff, doberman, dogo argentino, dogo de burdeos, fila brasilero, mastín napolitano, bull terrier, pitbull terrier, american pitbull terrier, presa canario, rottweiler, staffordshire terrier o tosa japonés. También sus cruces y sus híbridos, o cualquier raza que haya agredido a alguna persona u otro perro.
Así que señor copropietario, antes de adoptar un perrito advierta que ahora ciertos “criollitos”, traen responsabilidades y gastos adicionales.
A su vez, esto significa que al interior de la copropiedad, debe existir algún tipo de bitácora que permita controlar: raza, número de póliza, vigencia de la póliza, episodios de agresión, dueño. Adicionalmente debe haber un seguimiento al vencimiento de la póliza.
Señor Administrador, no olvide para esto, tener adecuadamente implementado el régimen de protección de datos personales.