¿Qué exigirle al revisor fiscal?

por | Mar 4, 2022 | Para el Administrador

Por favor tómese un momento para reflexionar respecto a las siguientes situaciones:
  1. El revisor fiscal una vez elegido en Asamblea, desaparece durante todo el año (eso si, cobra de manera sagrada su mensualidad) y vuelve a aparecer en la asamblea siguiente.
  2. Los dictámenes del revisor fiscal reflejan una situación utópica respecto a razonabilidad de los estados financieros, control interno y cumplimiento normativo, donde todo es perfecto.
  3. De haber hallazgos, el dictámen de revisoría fiscal habla de unos recibos de sesenta mil pesos, pero hay ingresos al año de cuatrocientos cincuenta millones de pesos.
  4. No se conocieron informes interinos (intermedios) de revisoría fiscal, que permitiera tener avances respecto sus hallazgos.
  5. Los hallazgos del revisor fiscal nadie los conocía hasta el día de la Asamblea, impidiendo una correcta resolución oportuna de sus salvedades.
  6. El revisor fiscal, visita cumplidamente su copropiedad cada mes, toma bastante tinto y tiene buena conversación, pero al final sus informes no tienen sustancia.
  7. La prepotencia y arrogancia del revisor fiscal es notable. No sabe trabajar en equipo.
A continuación unos prácticos consejos, para asegurarse de involucrar en su copropiedad a un actor clave cuyos aportes, pueden ser significativos para la copropiedad:
  1. Documéntese respecto a las funciones y responsabilidades del revisor fiscal; basta con consultar los Artículos 207 al 217 del Código de Comercio, además de las contempladas en el reglamento de propiedad horizontal de su conjunto (estatutos). Si usted no los conoce, no tiene las herramientas para exigir.
  2. Cuando haga convocatoria a revisor fiscal: Publique la convocatoria en medios masivos (Facilita PH le ayuda de forma gratuita, ver aquí). En ella solicite propuesta con: recursos a emplear (tecnología, horas hombre), metodología, alcance de su trabajo, formación y experiencia certificada en el uso de Normas Internacionales de Auditoría (NIA), certificados de representación legal de los conjuntos donde atribuye su experiencia, altamente deseable experiencia en firma de auditores, certificado de antecedentes de la junta central de contadores “desde su expedición”, certificados de formación. Cuando su convocatoria se limita sólo a un formato de word colocado en la recepción de la copropiedad, facilita la llegada del amigo, del cuñado del primo.
  3. No espere que el garante ante los copropietarios en tema de razonabilidad de los estados financieros, control interno y cumplimiento normativo, haga una exposición seria de su propuesta, si la copropiedad le asigna sólo dos o tres minutos para exponer su propuesta.
  4. Quienes conocen de las NIA y buenas prácticas de auditoría, saben que como resultado de cada etapa de auditoría (planeación, ejecución y finalización) debe existir al menos un informe interino, adicional al dictamen. Quien generalmente se compromete con un informe mensual, no conoce y por lo tanto no practica las NIA, pues la única forma de hacerlo es efectuando la labor parcial en cada visita, para mostrar un resultado diferente de cada visita. En cada visita se deben revisar todos los rubros de balance, lo que corresponde a aproximadamente 120 pruebas de auditoría, lo que es imposible de efectuar cada mes. Sepa que por Ley, el revisor fiscal está obligado a entregar “un” (1) dictamen, no informes mensuales, pero si hay cumplimiento de las NIA, recibirá como mínimo un informe de cada etapa de auditoría (3) más el dictamen.
  5. Integre al revisor fiscal en las reuniones de consejo cuando, especialmente cuando se traten de temas de su competencia (razonabilidad de estados financieros, control interno y cumplimiento normativo).
  6. Exíjale protocolos de revisoría fiscal donde se estipulen las actividades de apoyo permenente (revisión de impuestos, revisión de contratos, etc).
  7. Solicite informes interinos previa socialización al consejo. Esto le da tiempo de resolver los hallazgos y de entender bien las salvedades. El revisor fiscal que se niega a discutir sus hallazgos del informe interino con el administrador y contador antes de sesión con el consejo de administración, busca protagonismo y causar sorpresa, en vez de contrubuir a la mejora del conjunto (no aplica para casos de fraude cometidos por el administrador). Así mismo, los hallazgos que finalmente conformarán el dictamen, deben ser socializados con el consejo antes de ir a Asamblea.
Una copropiedad con un buen revisor fiscal, crece en los temas que a éste le competen. David Villarraga – CPA – MBA